La inmigración en Europa actualmente
La inmigracion en Europa vive en estos días una situación de inestabilidad a consecuencia del ciclón de los inmigrantes sirios que asola el viejo continente desde las últimas semanas. Como uno de los principales países de acogida, España se prepara para abrir sus puertas a los que huyen de una guerra civil que dura ya cinco años.
Todas las personas que abandonan su país son conscientes de que, aunque su equipaje sea muy ligero, deben llevar en él la documentación identificativa básica para poder entrar en el país de llegada. Aquellas personas que huyen de su país sin sus “papeles”, pueden ser acogidos por otro país en calidad de refugiados. Los datos sobre los países de procedencia así lo atestiguan al ser países de conflicto, guerras o persecución.
La traducción para facilitar la inmigración en Europa
Desde CBLingua, somos partícipes de este escenario y somos conscientes de la ayuda que estas personas necesitan tanto para gestionar su documentación como en materia de asesoramiento jurídico para facilitar la inmigración en Europa.
Nuestra intención, a través de este artículo, es hacer más fácil la inmigración en Europa a aquellas personas que no han tenido más remedio que dirigirse a este contienente, con una breve descripción de los pasos necesarios por los que debe pasar una documentación expedida por un organismo extranjero para que tengan validez en España.
Los documentos extranjeros redactados en un idioma diferente al castellano deberán cumplir los siguientes requisitos:
1) Debe tratarse de un documento original o de una copia certificada por el mismo organismo que expidió el documento original.
2) Salvo en los supuestos concretos en que exista Convenio estableciendo exención de legalización para determinados documentos, todo documento público expedidod por un organismo extranjero deberá ser previamente legalizado por vía diplomática o, en el caso de los Estados parte del Convenio de la Haya de 1961, rubricado con la Apostilla de la Haya.
3) Debe estar traducido al castellano y por traductores e intérpretes jurados nombrados por el Ministerio de Asuntos Exteriores para que surtan efecto en territorio español. Es fundamental que la traducción sea oficial, es decir, que esté firmada y sellada por un traductor jurado, dado que son las únicas personas autorizadas para dar fe de que una traducción es fiel a su original. Se trata de un nombramiento que habilita a los profesionales para realizar traducciones juradas desde el español a una lengua extranjera y confiere a sus traducciones la misma validez legal que el documento original.
Por tanto, todos los hechos relativos al estado civil de las personas, es decir, nacimientos, matrimonios, emancipación y habilitación de edad, declaraciones de ausencia o fallecimiento, nacionalidad o vecindad deberán formalizarse ante el Registro Civil. Será obligatorio presentar dicha documentación traducida al español por un traductor jurado para poder presentarlos ante la Oficina de Extranjería y/o el Registro Civil y que tengan validez.