En CBLingua somos testigos con frecuencia de la exigencia de una apostilla por parte de algunas autoridades a nuestros clientes en sus documentos antes de traducirlos.
La apostilla se estableció en el XII Convenio de Derecho Internacional Privado de La Haya, celebrado el 5 de octubre de 1961, con el fin de reconocer la firma, la eficacia jurídica y legitimizar el contenido de un documento sin necesidad de legalizaciones diplomáticas ni consulares. Los países firmantes del Convenio de la Haya que reconocen la apostilla son: Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Argentina, Armenia, Australia, Austria, Bahamas, Barbados, Bélgica, Belice, Bielorrusia, Bosnia, Herzegovina, Botswana, Brunei, Darussalam, Bulgaria, Chipre, Colombia, Croacia, Ecuador, El Salvador, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estados Unidos de América, Estonia, Federación de Rusia, Fidji, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Isla Marshall, Isla Mauricio, Israel, Italia, Japón, Kazajstán, Lesotho, Letonia, Liberia, Liechtenstein, Luxemburgo, Macedonia, Antigua República Yugoslava, Malawi, Malta, México, Namibia, Niue, Noruega, Países Bajos, Panamá, Portugal, República Dominicana, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Rumanía, San Cristóbal y Nieves, San Marino, Seychelles, Sudáfrica, Suiza, Surinam, Swazilandia, Tonga, Turquía, Ucranía y Venezuela.
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Legalizar y traducir de documento de residencia de Chipre