¿DIVORCIO? DIVORCE? DISSOLUTION OF MARRIAGE?
Vivimos en un mundo cada vez más abierto. Las comunicaciones son tan sencillas y las fronteras nos permiten tantos movimientos, que son muy habituales las relaciones personales internacionales. Ya sea por desplazamientos laborales, estudios en un colegio o universidad extranjera o unas simples vacaciones, en muchas ocasiones nos traemos del extranjero algo más que un bonito recuerdo.
Siempre es maravilloso que el viaje en cuestión acabe derivando en una boda y que el amor dure para siempre. Pero todos sabemos que no siempre es así. Y el hecho de que los miembros de la pareja no hablen el mismo idioma no garantiza en absoluto que la cosa vaya a ir bien.
Así que cabe la posibilidad de que la cuestión acabe en separación y divorcio. Si ello supone un problema de burocracia y papeleo en condiciones normales (con condiciones normales me refiero, por ejemplo, a una pareja española, casada en España, separada en España y divorciada en España) imaginemos los casos en los que se trata de una francesa (véase Marie) y un inglés (véase Richard) casados en España. La documentación personal de cada uno de ellos estará redactada en su lengua de origen. Y probablemente la común esté redactada en español.
El papeleo
Así que, por si a la pareja le parecía poco ponerse de acuerdo en los términos del convenio, ahora además tienen que traducir una serie de documentos. En el caso de nuestros amigos, su divorcio se tramita en los Juzgados y Tribunales españoles. Cada caso es un mundo. En función de los bienes que haya adquirido la pareja, su régimen económico matrimonial, la existencia o no de hijos del matrimonio y un sinfín de cuestiones, la documentación a presentar será distinta. He aquí un mero ejemplo de lo que nos podemos encontrar:
Certificación de nacimiento de ella: traducción de francés a español.
Certificación de nacimiento de él: traducción del inglés al español.
Vamos a considerar por el momento, por el bien de Marie y Richard, que el permiso de residencia de al menos uno de ellos, el certificado de matrimonio o el certificado de nacimiento de los hijos si los hubiera o las declaraciones fiscales están en castellano. La sentencia y demás documentación de ella derivada estará también en español, al ser dictada por tribunales españoles.
¡Pero cuidado! En el momento en que cualquiera de ellos quiera presentar toda esta documentación en su país de origen, lo que esté en español debe traducirse al francés o al inglés. En CBLingua somos especialistas en traducción jurada. Por tanto, podemos ayudar a Marie y Richard, ya sea traduciendo los documentos o dándoles un abrazo si lo necesitan.