Historias divertidas de la Traducción Jurada: La responsabilidad civil del traductor
Si ya bastante denostado está el mundo jurídico (todos mis amigos tienen en común que la asignatura más odiada de sus respectivas carreras era Derecho), imagínate si se une al mundo de la traducción (todos mis amigos piensan que un traductor es un ser raro, solitario y con gafas). Así que, perteneciendo a ambos mundos, me puedo dar con un canto en los dientes por seguir teniendo amigos.
Me he empeñado en cambiar esta visión y aquí os traigo mis Historias divertidas de la Traducción Jurada. Hoy, con todos ustedes, la responsabilidad civil del traductor (¡fiestón!).
Dice el artículo 1902 del Código civil que “el que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”. Es decir, que si mi texto lleva un error de traducción o se me ha pasado un numerito pequeño que estaba arriba a la izquierda, y ello le supone al cliente un perjuicio… ¡Houston!
El párrafo cuarto del artículo 1903 señala: “Lo son igualmente los dueños o directores de un establecimiento o empresa respecto de los perjuicios causados por sus dependientes en el servicio de los ramos en que los tuvieran empleados, o con ocasión de sus funciones”.
Vamos a ponernos en el peor de los escenarios. Bueno, mejor vamos a poner a otro, por lo que pueda pasar. ¿Recuerdas aquel pesado de la carrera que nunca repasaba sus traducciones? Pues vamos a poner a ese. Ha hecho una traducción con un pequeño error. El cliente solamente se ha dado cuenta cuando el de la imprenta le ha dado las 1200 copias del folleto.
Problema: el de la imprenta ha hecho su trabajo y le reclama el pago al cliente; al cliente no le valen los folletos y no quiere pagarle al de la imprenta; y la rueda de protestas acaba en el traductor. Que sí, que se equivocó, pero hasta los traductores nos podemos equivocar. Aquí entra en juego la responsabilidad civil. El traductor tiene que responder de los daños causados a su cliente y a terceros. Existe la responsabilidad civil contractual (con un contrato por medio) y la extracontractual (cuando no existe relación previa entre responsable y perjudicado).
¿Y qué pasa si el traductor trabaja para una agencia, que es con quien ha contactado el cliente? En este caso el cliente va a reclamar a su contacto: la agencia. Dos opciones se nos plantean aquí (en derecho el camino nunca es recto, continuamente se nos abren senderos por todos lados). Si el traductor es empleado de la agencia, su responsabilidad queda cubierta por el seguro que tenga suscrito la agencia (porque lo suscribimos, ¿no? Llama a Administración y pregunta si lo firmaron, ay madre, ¿dónde está la póliza?). Pero si el traductor es autónomo, entonces la agencia puede repetir contra él. Es decir, puede reclamarle lo que ella ha tenido que pagarle al cliente.