Expresiones en latín
Que no cunda el pánico. Confío en que no hayáis sido muchos los que, al leer el título del artículo, hayáis salido despavoridos. Prometo que el tema puede llegar incluso a ser interesante. A mí, personalmente, me parece fascinante. Pero reconozco que una persona que en el colegio traducía más latín del que le pedían no es un ejemplo habitual…
A la hora de traducir determinados documentos, sobre todo contratos y documentos judiciales, a menudo nos encontramos con expresiones en latín que en la traducción a la lengua meta se mantienen en latín. Y os preguntaréis ¿entonces nos vas a hablar de expresiones en una lengua muerta que, además, no van a ser traducidas? ¿Eso pasa en traducción? ¿Hay cosas que no se traducen? Pues es una opción, efectivamente. Pero sobre técnicas de traducción hay mucho escrito y lo que queda por escribir.
No pretendo hacer una lista exhaustiva de expresiones en latín, podéis encontrar miles de ellas en Internet. Simplemente os voy a indicar las que yo utilizo más habitualmente a la hora de redactar un contrato, un acuerdo o una demanda.
Expresiones más frecuentes en contratos y acuerdos.
- Dies a quo: está relacionado con el cómputo de plazos. El dies a quo es el día a partir del cual se empieza a contar el plazo de que se trate.
- Dies ad quem: es el complemento del anterior. El dies ad quem es el día que pone fin al plazo de que se trate.
El cómputo de plazos procesales parece sencillo, pero mucho ojo. Alguna vez se ha presentado un recurso fuera de plazo por errores en el cómputo de plazos.
- A priori y a posteriori: en este caso no se trata de expresiones limitadas al sector jurídico. Se utilizan en filosofía, pero también están bastante integrados en el lenguaje común. Procesalmente, por ejemplo, pueden hacer referencia a los argumentos previos o posteriores a un hecho concreto que se toma como referencia.
- Ut supra: es una de mis favoritas. En un contrato la fórmula final incluye la expresión “… fecha y lugar ut supra”, que indica que se firma el día y en el lugar indicados en el encabezamiento.
- Ad probationem: se dice de algo que sirve como prueba.
- In dubio pro reo: se trata de una expresión propia del derecho penal. Significa que a efectos de prueba en caso de duda siempre debe resolverse en favor del acusado.
- Conditio sine qua non: se trata, por ejemplo, de una condición incluida en un contrato que es inexcusable, sin la cual no se concibe el acuerdo.
- Inter vivos o mortis causa: según se trate de un negocio entre personas vivas (por ejemplo una donación), o de algo que es consecuencia de la muerte de una persona (subrogación de un contrato de arrendamiento por fallecimiento del firmante inicial).
- Erga omnes: se dice de algo que tiene efectos frente a todos.
Podría seguir mucho más, pero temo quedarme sola. A los que habéis llegado al final del documento, os deseo lo mejor. Carpe diem.